Comunicado Régimen de asistencias

En cuanto a la puntualidad, si el estudiante llega tarde a clases hasta los 15 minutos iniciadas las actividades, le corresponde ¼ falta, pasado ese tiempo le corresponderá ½ falta. En caso de llegadas tarde reiteradas el docente a cargo debe enviar comunicado a la familia solicitando puedan respetar el horario de ingreso establecido institucionalmente.

Estimadas familias, dado que ya hemos transitado la primera etapa del año y estamos iniciando el segundo y último período es preciso fortalecer los mecanismos que permitan GARANTIZAR LA ASISTENCIA REGULAR DE TODOS LOS ALUMNOS a la escuela. 

 

Por ello, recordamos la vigencia de la Res. 0207/15 CD donde se aprueba el reglamento de ingreso, asistencia y permanencia de los estudiantes en las Escuelas Preuniversitarias de todos los niveles y modalidades dependientes de la FHAyCS.

 

Tal como se explicita en el capítulo 1°: aspectos generales, párrafo 4, pág. 3 de la mencionada Res. “la asistencia diaria permitirá mantener la regularidad en las clases, pero además fortalecer las relaciones humanas, los vínculos entre pares y con los adultos y en los ámbitos sociales en los que se inserta la escuela, al tiempo que brindará mayores posibilidades para la enseñanza, la evaluación, la aptitud para las instancias de aprendizaje y obtener así la acreditación del año lectivo correspondiente”. 

 

En el párrafo 5 se expresa que  … “el derecho a la educación se potencia en la inclusión y calidad de los aprendizajes y se referencia en la obligatoriedad de concurrir todos los días. Y este derecho se normativiza a través del siguiente marco legal: 

●        Constitución nacional y provincial

●        Ley de Educación Nacional 26.206

●        Ley Nacional N° 27.0450 

●        Ley de Educación Provincial N° 9890 en su art. N° 133 

●        Ordenanza 029/14 UADER

●        Res. del Consejo Federal de Educación N° 103/10 

●        Res. N° 170/11 CGE 

 

Asimismo, en el capítulo II: asistencia, justificación y condiciones de regularidad de los estudiantes, artículo 7: De las inasistencias, pág. 7, apartado titulado “Para Nivel Primario” se expresa que  … “los estudiantes inscriptos al primer año del nivel, deben concurrir diariamente a la institución y no podrán tener una asistencia inferior al 80 % en el transcurso del ciclo lectivo, para poder ser promovidos”…

El estudiante para ser evaluado en el trimestre debe contar con el 80 % de asistencia en cada uno de los mismos. 

En caso de que el 20 % de las inasistencias sean debidamente justificadas por los padres, tutores, encargados dentro de las 48 horas posteriores a las faltas, serán reincorporados automáticamente. 

Si el 20 % de las inasistencias son injustificadas, el equipo directivo docente analizará la situación de acuerdo al proceso de aprendizaje y el contexto personal y/o familiar para definir la reincorporación con un apoyo previo, informando luego a la familia y al inmediato superior de lo actuado. 

 

En función de esta normativa vigente se establece institucionalmente que en aquellos casos en que el estudiante durante este primer periodo del ciclo lectivo 2022 haya excedido las 15 (quince) inasistencias ya sean justificadas o injustificadas, continuas o discontinuas el docente a cargo de sección debe notificar fehacientemente por escrito a través del cuaderno de comunicados a la familia solicitando su compromiso para garantizar la asistencia diaria a clases. Dicha notificación deberá estar firmada por el docente responsable y algún integrante del Equipo Directivo. Asimismo, el docente debe corroborar que los padres se notifiquen dentro de los 5 (cinco) días hábiles. 

 

En caso de tratarse de inasistencias injustificadas el responsable del menor deberá especificar por escrito a través del cuaderno de comunicados los motivos por los cuales el estudiante no concurrió a la escuela.

 

Si se trata de inasistencias justificadas los responsables del menor SIEMPRE tienen que presentar las debidas justificaciones por escrito explicando los motivos de las inasistencias o presentar certificado en caso de enfermedad.

 

Cuando el estudiante deba EXCEPCIONALMENTE retirarse fuera del horario establecido, deberá concurrir el adulto responsable y se dejará constancia por escrito de tal situación firmando el cuaderno de retiro que se encuentra en la Secretaría del nivel, correspondiendo computar 1 ⁄ 2 falta o falta completa en el “Registro de Asistencia”, dependiendo la hora en que el estudiante se retire. 

 

En cuanto a la puntualidad, si el estudiante llega tarde a clases hasta los 15 minutos iniciadas las actividades, le corresponde ¼ falta, pasado ese tiempo le corresponderá ½ falta. En caso de llegadas tarde reiteradas el docente a cargo debe enviar comunicado a la familia solicitando puedan respetar el horario de ingreso establecido institucionalmente. 

 

Atte. 

Equipo Directivo 

Escuela Normal “José María Torres”

Nivel Primario 


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